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Directiva sobre Reciclado Electronico

Aprobada directiva sobre reciclado de aparatos electrónicos

Jueves, 19 de Diciembre de 2002

Fuente: Madrid/Geoscopio
El Parlamento Europeo ha aprobado la directiva que establece para 2007 objetivos vinculantes sobre la recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónico, donde ha quedado expresamente reconocido que el fabricante será responsable de financiar los sistemas de recogida y tratamiento.

La directiva que establece objetivos vinculantes para 2007 para la recogida y reciclado de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos ha sido aprobada por el Parlamento Europeo, que ha dado luz verde al acuerdo alcanzado por el comité de conciliación. El texto recoge el principio de la responsabilidad del productor y establece el objetivo de prevenir la generación de residuos eléctricos y electrónicos y de promover la reutilización, reciclado y otras formas de valoración.

Según la directiva, se crearán en los Estados miembros sistemas de recogida selectiva de los residuos procedentes de hogares que serán gratuitos para el poseedor final y que podrán estar gestionados de forma individual o colectiva por los productores. Los productores también deberán prever la recogida de los residuos no procedentes de hogares.

El plazo para organizar estos sistemas es de 30 meses tras la entrada en vigor del texto, es decir, en torno a julio 2005. El objetivo vinculante es que, a más tardar el 31 de diciembre de 2006, se recoja por medios selectivos un promedio anual por habitante de un mínimo de cuatro kilos de residuos eléctricos y electrónicos. En función de la experiencia, para el 31 de diciembre 2008 se establecerá un nuevo objetivo obligatorio, que podrá definirse como porcentaje de los aparatos vendidos.

También establece la directiva los objetivos obligatorios de valorización que los fabricantes deben cumplir a partir del 31 de diciembre 2006 y que se expresan en porcentaje de peso del producto, así como los porcentajes de reutilización y reciclado. Igualmente, se prevé que más adelante se fijen los objetivos a cumplir desde fin de 2008.

Los productores deberán usar diseños que faciliten su desarmado para reutilización de las partes. No se permitirán diseños que impidan la reutilización, salvo que suponga una auténtica ventaja en materia de seguridad.

En cuanto a la financiación, se establece que correrá a cargo de los productores. Para los productos fabricados pasados dos años y medio después de la entrada en vigor, cada fabricante será responsable de sus propios residuos y habrá de asumir el coste de la futura recogida, tratamiento, valoración o eliminación respetuosa con el medio.

Para ello, al poner un producto en el mercado, tendrá que identificarlo claramente. El productor podrá afrontar esa obligación de forma individual, por ejemplo con un seguro de reciclado o con una cuenta bloqueada, o bien participando en sistemas colectivos de financiación.

La financiación de los productos fabricados con anterioridad, los llamados residuos "históricos" cuyo fabricante no siempre es posible identificar o a lo mejor ya no existe, correrá a cargo de los productores en general, proporcionalmente a algún criterio a acordar que puede ser, por ejemplo, la cuota de esa empresa en el mercado de cada aparato en cuestión.

La directiva se aplicará a una amplia gama de productos. Lavadoras, frigoríficos, equipos de música, freidoras, relojes, aspiradoras o trenes eléctricos, entre muchos otros. Se excluyen expresamente las armas y municiones con fines militares y el material de guerra.

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